Inicio y final. Su empresa está obligada a llevar un registro diario de la jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y de finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora. A estos efectos:
- Dicha obligación existe aunque tenga empleados que hagan teletrabajo.¡Atención! En tal caso, se debe registrar igualmente la jornada que realicen en su domicilio.
- Si está aplicando un ERTE, asegúrese de que los datos que consten en el registro de la jornada cuadren con los datos informados al SEPE y a la Autoridad Laboral.Apunte. Por ejemplo, si sus empleados trabajan de 9 a 14 horas y por la tarde están de ERTE, el registro de jornada deberá incluir las 9 como hora de inicio y las 14 como hora de finalización.
Le interesa. Además de que debe cumplir con esta obligación porque así lo dispone la ley, registrar la jornada de sus empleados le interesa.
Apunte. Piense que con este registro usted se asegura de que a final de año sus empleados hayan trabajado la jornada anual fijada en su convenio colectivo. Si no lo han hecho, usted podrá exigir la realización de las horas pendientes (o descontar del salario las horas dejadas de trabajar).
📌 CONSEJO : que a pesar de tener mucha facilidad para el registro, ya sea a través de un software o una simple hoja de papel, no se debe olvidar que LO MÁS IMPROTANTE es controlar que se realice ese registro y controlar su contenido. Es responsabilidad del empresario tanto que esté realizado como que sea una realidad y se adapte a la jornada. Ejemplo: si se están realizando horas extraordinarias cuando el empleador no lo requiere, ello debe advertirse al trabajador y, en su caso, aplicar el regimen disciplinario.
2️⃣ SISTEMA DE REGISTRO
Aplicaciones. La ley no indica de qué modo se debe registrar la jornada de los trabajadores. En este sentido, muchas empresas disponen de aplicaciones o programas informáticos que permiten al trabajador “fichar” desde su ordenador o desde su teléfono móvil.
Apunte. Otras empresas disponen de sistemas de control de acceso al centro con tarjetas o con la huella dactilar.
Ahorro. Si tiene contratada una aplicación o un programa informático pero quiere ahorrarse los honorarios de la empresa suministradora, puede optar por implantar un sistema de registro manual en el que sea el trabajador el que consigne su hora de entrada y de salida en un documento en papel.
Apunte. Aunque se trate de un sistema sencillo, los tribunales han confirmado su validez:
- La ley no impide que el registro se base en datos declarados unilateralmente por el trabajador.
- Es cierto que el registro debe ser objetivo y fiable. Apunte. Ahora bien, dichas notas no se desvirtúan por el hecho de que sea el trabajador quien declare diariamente por escrito en una hoja el tiempo diario trabajado.
Soporte Físico: hoja de papel.
Si lo desea, puede utilizar como herramienta que le facilitamos una hoja de Excel en la que sus empleados podrán consignar la hora de entrada y de salida:
- Una opción es que rellenen los datos desde el ordenador y que impriman el documento a final de mes para entregarlo a la empresa.
- Otra opción es imprimir el documento a principios de mes para que los trabajadores lo rellenen manualmente cada día.