DECLARACIÓN RENTA 2016
| Fiscal
Assessoria Castells le comunica que se ha iniciado el periodo de presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Renda de las Personas Físicas, y la declaración sobre el Patrimonio 2016. A modo de recordatorio le relacionamos los documentos necesarios para la confección de su declaración:
RENDIMIENTOS
- TRABAJO: Certificado de la empresa o de pensiones de las rentas recibidas dinerarias y en especie.
- CAPITAL MOBILIARIO: Certificados de bancos y cajas de los saldos e intereses percibidos, así como de los valores mobiliarios (acciones, deuda pública, pagarés, valor de fondos de inversión, valor de sociedades no cotizadas, etc.).
- CAPITAL INMOBILIARIO: Escritura Pública de compraventa, recibos del año 2016 del IBI (Impuesto Bienes Inmuebles) y valor de la liquidación complementaria de la Generalitat en caso de que no le hubieran aceptado la valoración de adquisición que declaró en escritura.
- Importe de los ingresos y gastos de los alquileres cobrados de inmuebles propios arrendados.
- ACTIVIDADES EMPRESARIALES, PROFESIONALES Y ARTÍSTICAS: Justificantes de los ingresos y los gastos, así como retenciones practicadas y pagos fraccionados realizados.
- INCREMENTOS Y DISMINUCIONES PATRIMONIALES: Ventas de inmuebles, valores, fondos de inversión, etc.: importe y fecha de la compra, importe y fecha de la venta e importe y gastos accesorios a la compra y a la venta (impuestos, plusvalía, notarios, registros, etc.).
- VIVIENDAS EN ARRENDAMIENTO: NIF del propietario e importe de los alquileres pagados.
- IMPUTACIÓN DE RENTAS: Certificados de los IBIS de 2016 de los inmuebles titularidad del contribuyente que no están arrendados.
OTROS JUSTIFICANTES
- Ingresos percibidos por los ascendientes y/o descendientes que convivan con el declarante.
- Grado de minusvalía por cada disminuido físico o psíquico.
- Gastos de custodia de niños (guarderías).
- Inversión en vivienda habitual: intereses y capital amortizado por hipotecas o préstamos. Código del préstamo.
- Cantidades aportadas a cuentas vivienda.
- Valor de rescate de seguros de vida.
- Cantidades aportadas a planes de pensiones.
- Donativos a entidades benéficas y/o al Estado.
- Dividendos percibidos de Sociedades (cotizadas o no).
- Inversiones empresariales.
- Referencias y valores Catastrales de las propiedades inmobiliarias (habitualmente recibo IBI).
- Cuenta bancaria de ingreso o devolución.
En caso de requerir de nuestros servicios para la confección de sus declaraciones, les recordamos la importancia de pedir cita previa para poderles atender debidamente.
Agradeciendo la confianza depositada en nosotros y en espera de su visita, reciba un
cordial saludo.
Abogado.
Experto en Derecho Laboral.
Administrador de Fincas colegiado.
Asesoramiento Fiscal y Mercantil