Fin de las cuarentenas: ¿Se debe acudir al trabajo en caso de contagio por COVID-19?
📢 Desde el 28-3-2022 las personas contagiadas de COVID-19 no deben guardar cuarentena, recomendándose el teletrabajo en caso de que la situación no sea constitutiva de IT.
No deben acudir al centro de trabajo quienes trabajan en ámbitos vulnerables o de cuidado a personas vulnerables.
Actuaciones ante contagios por COVID-19
Desde el 28-3-2022, las personas contagiadas de COVID-19 con síntomas leves y los contactos estrechos están exceptuadas de hacer cuarentena. Únicamente se establecen las siguientes medidas:
- extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas;
- evitar especialmente el contacto con personas vulnerables y la participación en eventos multitudinarios;
- siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una IT por su sintomatología, se recomienda el teletrabajo.
En caso de presentar síntomas de gravedad o mala evolución (disnea, fiebre > 38ºC mantenida más de tres días…) deberá contactar con su sistema sanitario según se establezca en cada Comunidad o Ciudad Autónoma, donde se le indicará la conducta a seguir.
➡️ Las personas que trabajan en ámbitos vulnerables y los trabajadores que prestan apoyo y cuidados a personas vulnerables, no deben acudir a su centro de trabajo durante los primeros 5 días desde el inicio de síntomas o de la fecha de diagnóstico en caso de personas asintomáticas.
➡️Pasado este tiempo, y siempre que hayan transcurrido 24 horas tras la desaparición de la fiebre o presente mejoría de los síntomas, se realizará una prueba de Ag y si el resultado es negativo podrá volver a incorporarse a su lugar de trabajo. Si el resultado es positivo podrá repetirse la realización de la misma cada 24 horas hasta obtener un resultado negativo para poder incorporarse a su lugar de trabajo.
Abogado.
Experto en Derecho Laboral.
Administrador de Fincas colegiado.
Asesoramiento Fiscal y Mercantil