Skip to main content
image/svg+xml

Definición de patrimonio neto contable

|

La Ley de Sociedades Anónimas  establece que solo podrán repartir dividendos si el valor del patrimonio neto contable no es, o a consecuencia del reparto, no resulta ser, inferior al capital social.

Ahora bien, la legislación mercantil hasta ahora no definía el concepto de Patrimonio Neto, por lo que el ICAC ( BOICAC núm. 53, 03-2003 ) establece que el mismo se calculará por diferencia entre los Fondos Propios recogidos en la agrupación A) del pasivo del balance ( ver el modelo de balance recogido en la parte IV del PGC ) y las “ acciones o participaciones propias “ que aparezcan en el activo del balance. ( Agrupación B “ Inmovilizado “ y D “ activo circulante “ ).

La importancia de este concepto es grande, pues su magnitud no ha de ser nunca inferior a la mitad del capital social, pues, en caso de serlo, los administradores de la sociedad serían responsables de promover una reducción de capital social, siempre que el nuevo capital social resultante de la reducción no fuera inferior al mínimo legal, en este caso sería necesaria una ampliación de capital para restablecer el equilibrio del patrimonio neto contable, o bien, no fuese posible, instar la disolución de la sociedad.