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Autor: Miguel Castells

Autónomos: si te interesa modificar tu base de cotización, hazlo antes del 01 mayo.

TRABAJADORES AUTÓNOMOS: SOLICITUD DE CAMBIO DE BASES DE COTIZACION PARA EL AÑO 2017   Trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2017 sean menores de 47 años   Se podrá escoger cualquier base de cotización que esté comprendidas entre la mínima y la máxima establecidas para el año 2017: 1964,10 euros mensuales para la base mínima y 3.751,20 euros mensuales para la base máxima.   Trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2017 tengan 47 años cumplidos Si su base de cotización durante el mes de diciembre de 2016 fue igual o superior a 1964,70 euros mensuales o causen alta en este régimen...

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El Supremo determina que no es obligatorio el registro de la jornada diaria

Os avanzamos la noticia y análisis extraido de www.elderecho.com. En breve, cuando tengamos acceso a la sentencia, la adjuntaremos y la valoraremos. El Pleno de la Sala IV del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, y sólo deben llevar un registro de horas extras realizadas, de acuerdo alo establecido en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores. El Supremo admite que “convendría una reforma legislativa...

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QUE DOIT INDIQUER LE CALENDRIER DE TRAVAIL OBLIGATOIRE A AFFICHER DANS L'ENTREPRISE ?

SI VOUS ÊTES INTÉRESSÉS PAR CE SUJET: CONTACTEZ-NOUS ET NOUS VOUS RENSEIGNERONS EN FRANÇAIS   Contenido exigido Dada la escasa regulación de la materia en el ET art.34.6 -que únicamente dispone que «anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo»-, el TS ha elaborado la doctrina sobre esta materia. Según esta, solo pueden exigirse  al empleador obligaciones en la elaboración del calendario laboral adicionales a las establecidas legalmente cuando así lo contemple el convenio colectivo....

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LES SAMEDIS SONT DÉSORMAIS CONSIDÉRÉS COMME JOURS FÉRIÉS PAR L'ADMINISTRATION

SI VOUS ÊTES INTÉRESSÉS PAR CE SUJET: CONTACTEZ-NOUS ET NOUS VOUS RENSEIGNERONS EN FRANÇAIS   Días inhábiles: adaptación a la LPAC SEAAPP Resol 28-9-16, BOE 1-10-16 La LPAC art. 30.2,  que ha entrado en vigor el pasado 2-10-2016, declara inhábiles los sábados a efectos del cómputo de plazos. Esta resolución se dicta con la finalidad de adaptar a esta disposición el calendario de días inhábiles 2016. Establece que del 2-10-2016 al 31-12-16 son  inhábiles para el cómputo de  plazos los siguientes días: – en la Administración del Estado:  los sábados, los domingos y los días...

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LE TSJ DE MADRID EXEMPTE D'IMPÔT SUR LE REVENU L'ALLOCATION POUR MATERNITÉ

SI VOUS ÊTES INTÉRESSÉS PAR CE SUJET: CONTACTEZ-NOUS ET NOUS VOUS RENSEIGNERONS EN FRANÇAIS   Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del IRPF. Cuando una trabajadora da a luz tiene derecho a 16 semanas de baja, que puede compartir en parte con el padre. Durante este período, la Seguridad Social es quien abona el sueldo a través de la prestación de maternidad, que equivale a la base de cotización. La Agencia Tributaria siempre ha defendido que esta ayuda debe tributar en el...

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El TSJ de Madrid declara exenta de IRPF la prestación por maternidad

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del IRPF. Cuando una trabajadora da a luz tiene derecho a 16 semanas de baja, que puede compartir en parte con el padre. Durante este período, la Seguridad Social es quien abona el sueldo a través de la prestación de maternidad, que equivale a la base de cotización. La Agencia Tributaria siempre ha defendido que esta ayuda debe tributar en el IRPF como un rendimiento del trabajo. Una postura que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid...

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AIDES FINANCIÈRES AUX AUTO-ENTREPRENEURS

SI VOUS ÊTES INTÉRESSÉS PAR CE SUJET: CONTACTEZ-NOUS ET NOUS VOUS RENSEIGNERONS EN FRANÇAIS   El de Barcelona ha aprobado ayudas económicas para personas empadronadas en la ciudad de Barcelona que hayan iniciado una nueva actividad económica como trabajadores y trabajadoras autónomos (empresarios y empresarias individuales) o nuevas personas socias de coAIDESoperativas de trabajo asociado Se exigen los siguientes requisitos: Haber iniciado una nueva actividad económica a partir del día 1 de enero de 2015. Alta fiscal en la ciudad de Barcelona como empresarios o empresarias individuales Empadronamiento...

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AYUDAS ECONÓMICAS PARA AUTÓNOMOS DE BARCELONA

El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado ayudas económicas para personas empadronadas en la ciudad de Barcelona que hayan iniciado una nueva actividad económica como trabajadores y trabajadoras autónomos (empresarios y empresarias individuales) o nuevas personas socias de cooperativas de trabajo asociado Se exigen los siguientes requisitos: Haber iniciado una nueva actividad económica a partir del día 1 de enero de 2015. Alta fiscal en la ciudad de Barcelona como empresarios o empresarias individuales Empadronamiento en la ciudad de Barcelona como mínimo tres meses antes del alta fiscal. Encontrarse...

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Los sábados ahora son festivos para la Administración.

Días inhábiles: adaptación a la LPAC SEAAPP Resol 28-9-16, BOE 1-10-16 La LPAC art. 30.2,  que ha entrado en vigor el pasado 2-10-2016, declara inhábiles los sábados a efectos del cómputo de plazos. Esta resolución se dicta con la finalidad de adaptar a esta disposición el calendario de días inhábiles 2016. Establece que del 2-10-2016 al 31-12-16 son  inhábiles para el cómputo de  plazos los siguientes días: – en la Administración del Estado:  los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las CCAA...

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¿Qué contenido debe incluir el calendario laboral?

Contenido exigido Dada la escasa regulación de la materia en el ET art.34.6 -que únicamente dispone que «anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo»-, el TS ha elaborado la doctrina sobre esta materia. Según esta, solo pueden exigirse  al empleador obligaciones en la elaboración del calendario laboral adicionales a las establecidas legalmente cuando así lo contemple el convenio colectivo. Corresponde, por lo tanto, a la empresa la elaboración del calendario laboral no siendo exigible...

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