NUEVOS PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE ACCIDENTE DE TRABAJO
DESPRENDIMIENTO DE RETINA: ¿ES ACCIDENTE DE TRABAJO?
El accidente de trabajo viene regulado en el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, el cual establece lo siguiente:
Concepto de accidente de trabajo (LGSS art.156.1)
Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Se exige como requisito una relación de causalidad entre trabajo y lesión. Esta puede ser:
– causalidad directa: por consecuencia del trabajo;
– causalidad indirecta: con ocasión del trabajo. La teoría de la ocasionalidad relevante...